miércoles, 20 de diciembre de 2017

Pertinencia Cultural

El Ministerio de Salud está realizando el primer proceso de participación y consulta a los pueblos indígenas, el que está siendo   implementado a en todo nuestro país. Dicho proceso se desarrolla bajo los estándares del Convenio 169 de la OIT, de acuerdo al  principio de la buena fe, convocando a las instituciones representativas de los pueblos indígenas de cada Región a analizar  la propuesta de reglamento que establece el derecho de las personas pertenecientes a pueblos indígenas a recibir atención de salud con pertinencia cultural.
Este proceso se diferencia de otros porque se sustenta en una norma internacional de derechos humanos, que establece una serie de derechos a los pueblos indígenas y obligaciones que el Estado debe cumplir. Entre éstas, la obligación de consultar a los pueblos indígenas ante medidas administrativas y legislativas que afecten sus derechos. Para ello se ha realizado  una convocatoria amplia a las organizaciones indígenas, con el objetivo de realizar un diálogo con dichos pueblos para la búsqueda de acuerdos respecto del reglamento sometido a consulta. Se ha desarrollado un  proceso de debate y deliberación interna para  realizar propuestas, modificaciones y/u observaciones que tengan incidencia en esta normativa.
El reglamento que se está sometiendo a consulta, establece los elementos que los prestadores institucionales públicos deben asegurar para dar cumplimiento al derecho de las personas pertenecientes a pueblos indígenas a recibir una atención de salud con pertinencia cultural.  Entre otros, un conjunto de definiciones que explican el artículo 7 de la Ley 20.584 y las directrices para la implementación del modelo de salud intercultural, específicamente, en materia de participación indígena en dicho modelo, reconocimiento de los sistema de salud indígena, existencia y rol de facilitadores interculturales, infraestructura y adecuaciones espaciales de los establecimientos de salud, asistencia espiritual y adecuaciones técnicas y organizacionales. 
Fuente: http://www.eldivisadero.cl/redac-38074